Retiros de AFP para comprar una vivienda: quiénes pueden acceder

Los pensionistas de las AFP se verán beneficiados con esta decisión con la que podrán pagar la cuota inicial de una primera vivienda o amortizar un crédito
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Desde julio del 2016, gracias a la ley 30478, los afiliados al Sistema Privado de Pensiones (SPP) en Chile pueden realizar retiros de su AFP para comprar una vivienda. 

Cabe destacar que este beneficio es solamente para la compra de un inmueble y no para la refacción, remodelación, ampliación o mejoramiento, ni tampoco para la consolidación de deuda hipotecaria. 

Los pensionistas de las AFP se verán beneficiados con esta decisión con la que podrán pagar la cuota inicial de una primera vivienda o amortizar un crédito hipotecario

Requisitos para los retiros de AFP 

Para poder realizar el retiro del 25% de la AFP los afiliados deben cumplir con estos requisitos: 

  • No ser propietario de un inmueble adquirido a título personal 
  • No ser propietario de un inmueble bajo un régimen de sociedades de ganancias  
  • No registrar un 50% (o porcentaje mayor) de un inmueble inscrito en el Registro de Predios de la Sunarp.
  • No estar inscrito en el registro de afiliados por el uso de hasta 25% del fondo de pensiones para la compra de un inmueble. 

Cómo hacer el retiro de AFP del 25%

El primer paso es acercarse a una entidad financiera y solicitar el crédito hipotecario y presentar el documento de Reporte de Búsqueda de Índices de Propiedad Inmueble de Sunarp. La entidad financiera evaluará la solicitud, y en caso de aprobar, entregará el documento de preconformidad.

Luego de tener el referido, solicitar a la AFP el porcentaje de tu fondo de pensiones para la compra del inmueble. La AFP va a evaluar la solicitud y enviar a la entidad financiera una comunicación en un plazo de hasta 10 días hábiles

Una vez recibido el desembolso por parte de la entidad financiera, la AFP procederá a transferir los fondos a la cuenta correspondiente. 

Cabe señalar que en caso de que dos afiliados sean cónyuges, ambos van a poder solicitar el 25% de su fondo correspondiente para la compra o amortización, siempre que la compra del inmueble sea la primera. 

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