Entre los múltiples programas sociales que otorga el gobierno nacional en la Argentina, se encuentra el Programa Conectividad, que impulsa el acceso universal de Internet a todas las familias del país.
Entre la Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSES) y el Ente Nacional de Comunicaciones (ENACOM), ofrecen la posibilidad de acceder a la conectividad de forma gratuita a través de un simple trámite.
¿Cómo accedo al beneficio?
Entre los grupos de beneficiarios que pueden acceder a este programa están los trabajadores, jubilados y titulares de la Asignación Universal por Hijo (AUH).
Todos deberán cumplir con una serie de requisitos para hacer el trámite que se realiza directamente con las empresas proveedoras de Internet a través de un formulario. Además, deberán tener o tramitar la Prestación Básica Universal y Obligatoria (PBU) antes de solicitar el beneficio.
Los pasos para acceder al Programa Conectividad son:
- Descargar la Declaración Jurada que vas a poder encontrar en argentina.gob.ar.
- Completar el documento.
- Enviarlo a la empresa proveedora de Internet que tengas contratada mediante la via de comunicación correspondiente.
¿Cuáles son los requisitos y quiénes pueden acceder?
El Programa Conectividad está destinado a aquellas personas y familias que no puedan pagar el acceso a servicios como Internet, televisión, teléfono fijo o móvil. Entre los grupos que pueden acceder están:
- Jubilados y pensionados con ingresos iguales o inferiores a dos Salarios Mínimos, Vitales y Móviles (SMVM), así como sus hijos de entre 16 y 18 años.
- Trabajadores/as en relación de dependencia con ingresos iguales o inferiores a dos SMVM, así como sus hijos de entre 16 y 18 años.
- Beneficiarios/as de la AUH, así como sus hijos de entre 16 y 18 años.
- Beneficiarios/as de la AUE, así como sus hijos de entre 16 y 18 años.
- Personas que reciban pensiones no contributivas con ingresos iguales o inferiores a dos SMVM, así como sus hijos de entre 16 y 18 años.
- Trabajadores/as monotributistas inscriptos/as en una categoría cuyo ingreso anual mensualizado no supere los dos SMVM y aquellos que tengan monotributo social, así como sus hijos de entre 16 y 18 años.
- Beneficiarios/as del seguro de desempleo, así como sus hijos de entre 16 y 18 años.
- Beneficiarios/as del Régimen Especial de Seguridad Social para Empleados de Casas Particulares y sus hijos de entre 16 y 18 años.
- Titulares del Programa de Becas Progresar.
- Personas desocupadas o que se desempeñen en la economía informal y sus hijos de entre 16 y 18 años.
- Beneficiarios/as de otros programas sociales y sus hijos de entre 16 y 18 años.
- Clubes de Barrio y de Pueblo registrados.
- Asociaciones de Bomberos Voluntarios.
- Entidades de Bien Público.