Vivienda en Perú

Qué bonos para la vivienda existen en Perú

Debido a las limitaciones económicas que presentan, muchas familias no pueden acceder a una vivienda por sus propios medios. Es por eso que el Gobierno Nacional ofrece a los ciudadanos una variedad de bonos para el financiamiento de la compra, construcción o mejora de una casa. En esta nota repasamos cuáles son. 

Bono para la vivienda “Techo Propio” 

Este programa social del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento se encuentra dirigido a familias con ingresos mensuales menores a S/3715 y S/2706 para la construcción o mejoramiento de su inmueble, que contará con servicios de agua, desagüe y luz. 

El beneficio de esta ayuda es el Bono Familiar Habitacional, que se entrega directamente a una familia de forma gratuita para reconocer el esfuerzo de ahorro. Existen tres modalidades: 

  • Comprar una vivienda: bono de S/43.312,50
  • Construir una vivienda: bono de S/29.700
  • Mejorar una vivienda: bono de S/11.385

Requisitos 

  • El jefe de familia debe declarar a uno o más dependientes, que pueden ser esposa, hijos, hermanos, nietos menores de 25 años o hijos mayores de 25 con discapacidad, padres o abuelos. 
  • Para la compra de una casa, los ingresos familiares mensuales no pueden ser mayores a S/3715 y para la construcción o mejoramiento de una vivienda no podrán superar los S/2706 
  • En el caso de una vivienda de interés social de tipo prioritario no podrán exceder los S/2701.
  • No haber recibido apoyo habitacional a través del Enace, Fonavi, Fondo Nacional de la Vivienda, Banco de Materiales o el Fondo Mivivienda. 
  • Para comprar una casa, ningún integrante familiar podrá tener registrada ninguna propiedad a nombre suyo o de los beneficiarios. 

Crédito Mivivienda

Este crédito para la vivienda es financiado por el Fondo Mivivienda a través de las instituciones financieras intermediarias a un beneficiario que siga los requisitos. 

A su vez, permite subsidiar la compra de inmuebles terminados, en construcción o en proyecto, siempre y cuando sean de primera venta o viviendas de segundo uso, cuyo valor se encuentre entre los S/65.200 y S/343.900.

Cómo acceder 

Para solicitarlo, la persona interesada debe ir hasta alguna de las entidades financieras afiliadas para ser calificada con base en su capacidad de pago y preguntar por el ahorro programado.

Una vez realizado esto, debe buscar la vivienda mediante la página que prefiera. En caso de seleccionar un proyecto certificado como sostenible, se le entregará un bono adicional. Una vez que se concrete la aprobación del crédito, ya podrá ser propietario. 

Requisitos 

  • Ser mayor de edad, vivir en el país o ser peruano residente en el extanjero, 
  • Haber sido calificado como sujeto de crédito hipotecario por una institución financiera que entrega el préstamo. 
  • No ser propietario o copropietario de otra casa en cualquier parte de Perú. Esto también aplica para el cónyuge o el conviviente. 
  • El solicitante o conviviente no debe haber recibido un hogar financiado por el Fondo Mivivienda, el Programa Techo o Fonavi. 
  • Tener el dinero equivalente a una cuota inicial del 7,5% del valor de la vivienda que se va a comprar. 

Bono del buen pagador 

Este bono para la vivienda se entrega a todas las personas que han accedido a un préstamo con el Nuevo Crédito Mivivienda mediante las instrucciones financieras intermediarias.

Los montos que entrega son entre S/7800 y S/25.7000, mientras que la vivienda que se desea comprar debe tener un valor de entre S/65.200 y S/343.900. Además, el titular no debe recibir ningún otro subsidio o ayuda económica del Estado. 

Bono para la vivienda “Mi Terreno”

Mi Terreno facilita el proceso para la compra de un terreno urbano, privado o público con fines de vivienda o comercio. Su plazo máximo de financiamiento son ocho años y el monto de dinero es de S/50.000

Para acceder a este bono para la vivienda no debes ser propietario de un terreno para una vivienda a escala nacional ni tener otro inmueble con los mismos fines. Además, es necesario contar con un mínimo del 30% del valor del terreno. 

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