Según la Constitución Política del Perú, la participación de las mismas es un derecho que tiene como objetivo que las personas que trabajan en empresas de determinado tamaño accedan a las utilidades netas –es decir, un porcentaje de la renta obtenida por las compañías como resultado de su gestión– que percibe el empleador.
¿Cómo sé si recibo este beneficio?
Sin embargo, como mencionamos previamente, no todas las empresas entregan utilidades a sus empleados. Por lo tanto, tampoco las recibirán todos los trabajadores del país. De hecho, los que recibirán utilidades son aquellas personas que trabajen para empresas que generen rentas de tercera categoría y que, además, tengan más de 20 trabajadores. En tanto, las pequeñas empresas, por ejemplo, no están obligadas a repartir utilidades entre sus empleados.
¿Cuándo se cobran las utilidades 2023?
Estas se deben pagar a los trabajadores hasta 30 días después de la presentación de la declaración jurada anual por parte de la empresa del impuesto a la renta. En 2023, el plazo máximo entonces sería el 11 de abril.
Según el régimen en Perú, el empleador deberá brindarle a sus empleados un documento de liquidación con la información que muestra cómo se llegó al resultado. Si una empresa no paga las utilidades dentro del plazo determinado, podrás realizar la denuncia ante Sunafil.
¿Cuánto cobro de utilidades?
Para saber de cuánto será el monto que recibirá cada trabajador, este deberá analizar cuántos días trabajó en el año y de cuánto fue su sueldo. Entonces, el 50% de las utilidades se pagan en función de los días trabajados; y el otro 50% en función de las remuneraciones percibidas por el empleado, para luego sumar ambas y entender el total de las utilidades que percibirás.
Algunas preguntas frecuentes: ¿qué pasa con mis utilidades si tuve un accidente laboral?
Si sufriste un accidente en el trabajo o una enfermedad a causa de tu empleo, estos días se considerarán como días de descanso médico: por eso, se computarán como días efectivos de trabajo en términos de pago de utilidades. Es decir, el descanso por razones médicas debe estar considerado como parte de los días laborables del empleado. Por otro lado, si bien hay algunos días de descanso que no se incluyen dentro del pago de utilidades, hay varios que sí. Entre ellos:
- Inasistencia por el cierre de local por la comisión de infracciones tributarias.
- Licencias sindicales.
- Días no trabajados por un despido nulo en caso de reposición.
- Horas de lactancia.
- Suspensión de labores por caso fortuito o fuerza mayor.
- Días de licencia por accidente de trabajo o enfermedad.
- Días de licencia por maternidad.